En principio es necesario el pasaporte para los españoles y casi todos los europeos, sin necesidad de visado para una estancia no superior a 3 meses....)
Visados para Túnez
INMIGRACIÓN Y VISADOS
Exenciones del pasaporte
Se requiere un pasaporte en vigor para todos los viajeros con excepción de:
1. Refugiados y personas sin nacionalidad o ciudadanía con documentos oficiales.
2. Menores de edad con 'Kinderausweis', un documento alemán de identidad, siempre que tenga una foto del titular. En caso de viajar solo o con un adulto que no sea el padre o el tutor legal, el menor de edad debe tener un permiso por escrito de sus padres o tutor legal.
3. Ciudadanos de Austria, Bélgica, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Italia, Luxemburgo, Holanda, Portugal, España, Suecia y Suiza con documento nacional de identidad, siempre el titular participe en un viaje organizado por una agencia de viaje.
4. Viajeros con una libreta marítima siempre que sea un viaje laboral.
Validez del documento
Pasaportes o documentos alternativos deben estar vigentes para toda la estancia planeada.
a. Ciudadanos de Túnez pueden efectuar entrada con pasaporte o documentos alternativos en vigor para la fecha de la entrada.
b. Residentes de Túnez pueden efectuar entrada con documentos de viaje en vigor para la fecha de la entrada.
Avisos
En caso de tener documentos de viaje caducados, el viajero será negado la entrada al país y será deportado en el mismo vuelo.
Concesión de visado
1. Antes del viaje: Se recomienda que el viajero se ponga en contacto con el representante de Túnez más cercano
2. A la llegada: Se puede emitir un visado por un coste de TND 3 a:
2.1. Ciudadanos de Sudáfrica cuya estancia no supere los 30 días;
2.2. Ciudadanos de Australia cuya estancia no supere los tres meses.
Exenciones de Visado
Todos los viajeros deben poseer un visado con la excepción de::
1. Ciudadanos de Túnez.
2. Los siguientes viajeros cuya estancia no supere los tres meses:
2.1. Viajeros con pasaporte británico de cualquier ciudadanía;
2.2. Ciudadanos de Andorra, Antigua & Barbuda, Argentina, Austria, Bahrein, Barbados, Bélgica, Bosnia Herzegovina, Brasil, Brunei, Canadá, Chile, Costa del Marfil, Croacia, Dinamarca, Fiji, Finlandia, Francia, la República de Macedonia, la República de Guinea, Honduras, Hungría, Islandia, la República de Irlanda, Italia, Japón, Kiribati, la República de Corea, Liechtenstein, Libia, Luxemburgo, Malasia, Islas Maldivas, Malta, Mauricio, Mónaco, la República de Montenegro, Holanda, Noruega, Omán, Portugal, Qatar, Rumanía, San Marino, Senegal, la República de Serbia, Seychelles, Eslovenia, España, Saint Cristóbal y Nieves, Santa Lucia, Suecia, Suiza, Turquía, los Emiratos Unidos Árabes y la Cuidad del Vaticano.
3. Ciudadanos de Alemania o los Estados Unidos de América cuya estancia no supere los 4 meses.
4. Ciudadanos de Argelia y Marruecos;
http://visados.com/es/visados-para-T%C3%BAnezSaludos